A partir del 1 de enero, Baja California deberá acatar la modificación al artículo 19 de la Constitución mexicana, que obliga a las juezas y jueces a ordenar la detención de acusados en delitos como extorsión, actividades relacionadas al fent4n1lo y emisión de comprobantes fiscales falsos, sin contemplar medidas cautelares alternativas. Según el diputado Juan Manuel Molina, la normativa permite que la autoridad judicial analice cada caso de forma individual y, en función de la proporcionalidad, peligrosidad y riesgo de evasión o daño para la víctima, dicte prisión preventiva oficiosa incluso en situaciones no incluidas expresamente en el catálogo constitucional.
El legislador explicó que el criterio no se limita al delito señalado en el catálogo, sino que se fundamenta en un proceso de análisis técnico que valora la situación particular del imputado, como la condición de persona extranjera sin pasaporte o arraigo. La declaración de Molina evidencia una aplicación flexible de la medida cautelar, orientada a prevenir riesgos y garantizar la seguridad de la parte denunciante, sin dejar de lado el rigor del proceso judicial. #Justicia #Mexicali #BajaCalifornia #PrisiónPreventiva
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